Impuesto de sucesiones en Castilla-La Mancha (2026): calculadora y cuánto se paga

Actualizado el 29 de septiembre de 2026Normativa de 2026

En Castilla-La Mancha cónyuge (y pareja de hecho), hijos, nietos y padres no pagan nada si su base liquidable es inferior a 175.000 €; por encima la bonificación baja escalonadamente hasta el 80 % (desde 300.000 €), aplicada sobre toda la cuota. Hermanos, sobrinos, tíos, primos y extraños tributan con las reducciones, tarifa y coeficientes estatales sin bonificación, salvo que el heredero tenga una discapacidad de al menos el 65 %.

Calculadora del impuesto de sucesiones en Castilla-La Mancha
La de su residencia habitual los últimos 5 años.
 
Tu parte, a la fecha del fallecimiento.
Pisos que no eran su vivienda habitual, terrenos, coches…
Valor de referencia del Catastro o, si es mayor, el declarado.
Sirve para porcentajes y límites que dependen del valor.
Más datos (deudas, discapacidad, patrimonio…)
Solo si el fallecido era quien lo contrató (tomador).
Deudas del fallecido, entierro y funeral.
Solo cuenta si supera unos 400.000 €.
 
Calcula con la normativa vigente en 2026 (válido desde enero de 2025).

Calculando…

Ejemplo: un hijo de 45 años que hereda 200.000 € en Castilla-La Mancha paga 1.412,50 €. Un hermano que hereda 100.000 € paga 17.667,79 €.

Cuánto se paga en Castilla-La Mancha: ejemplos 2026

Importe a pagar por cada heredero según su parentesco y lo que recibe, calculado con las reducciones, la tarifa, los coeficientes y las bonificaciones vigentes en Castilla-La Mancha.

Heredero50.000 €150.000 €300.000 €700.000 €
Hijo (21 años o más), cónyuge o pareja, padre o madre0 €0 €7.710 €33.104 €
Hijo menor de 21 (16 años)0 €0 €4.631 €31.917 €
Hermano, sobrino o tío, cuñado6.321 €31.394 €84.855 €266.644 €
Primo, sin parentesco9.898 €42.523 €110.934 €340.538 €
Herencia en dinero o bienes sin ajuar, sin vivienda habitual ni seguros, heredero sin discapacidad ni patrimonio previo relevante.

Reducciones y bonificaciones por parentesco

ParentescoReducciónBonificación en cuota
Hijo o nieto menor de 21 años15.956,87 € + 3.990,72 € por año menos de 21 (máximo 47.858,59 €)Del 100 % (base liquidable < 175.000 €) al 80 % (desde 300.000 €)
Hijo o nieto (21 años o más)15.956,87 €Del 100 % (base liquidable < 175.000 €) al 80 % (desde 300.000 €)
Cónyuge o pareja de hecho15.956,87 €Del 100 % (base liquidable < 175.000 €) al 80 % (desde 300.000 €)
Padre, madre o abuelo15.956,87 €Del 100 % (base liquidable < 175.000 €) al 80 % (desde 300.000 €)
Hermano o hermana7.993,46 €No hay
Sobrino o tío7.993,46 €No hay
Cuñado o sobrino político7.993,46 €No hay
Suegro, yerno, nuera o hijastro7.993,46 €No hay
Primo (4.º grado)0 €No hay
Sin parentesco o más lejano0 €No hay

Art. 17.1 Ley 8/2013: grupos I y II, porcentaje según la base liquidable de la declaración: inferior a 175.000 € 100 %; de 175.000 a menos de 225.000 € 95 %; de 225.000 a menos de 275.000 € 90 %; de 275.000 a menos de 300.000 € 85 %; 300.000 € o más 80 %. Art. 17.2: sujetos pasivos con discapacidad >= 65 %, bonificación adicional del 95 % (compatible, se aplica después de la del apartado 1).

Tabla del impuesto de sucesiones en Castilla-La Mancha

La tarifa se aplica a la base liquidable (lo heredado menos las reducciones). La cuota resultante se multiplica por el coeficiente del heredero y después se resta la bonificación.

Base liquidable desdeHastaCuota acumuladaTipo del tramo
0 €7.993,46 €0 €7,65 %
7.993,46 €15.980,91 €611,50 €8,5 %
15.980,91 €23.968,36 €1.290,43 €9,35 %
23.968,36 €31.955,81 €2.037,26 €10,2 %
31.955,81 €39.943,26 €2.851,98 €11,05 %
39.943,26 €47.930,72 €3.734,59 €11,9 %
47.930,72 €55.918,17 €4.685,10 €12,75 %
55.918,17 €63.905,62 €5.703,50 €13,6 %
63.905,62 €71.893,07 €6.789,79 €14,45 %
71.893,07 €79.880,52 €7.943,98 €15,3 %
79.880,52 €119.757,67 €9.166,06 €16,15 %
119.757,67 €159.634,83 €15.606,22 €18,7 %
159.634,83 €239.389,13 €23.063,25 €21,25 %
239.389,13 €398.777,54 €40.011,04 €25,5 %
398.777,54 €797.555,08 €80.655,08 €29,75 %
797.555,08 €En adelante199.291,40 €34 %

Coeficientes por patrimonio previo

Patrimonio previo del herederoGrupos IIIIIIIV
Hasta 402.678,11 €111,58822
De 402.678,11 € a 2.007.380,43 €1,051,051,66762,1
De 2.007.380,43 € a 4.020.770,98 €1,11,11,74712,2
Más de 4.020.770,98 €1,21,21,90592,4

Otras reducciones en Castilla-La Mancha

Vivienda habitual del fallecido95 % del valor, con un límite de 122.606,47 € por heredero. Beneficiarios: cónyuge, hijos y demás descendientes, padres y ascendientes, y hermanos o sobrinos mayores de 65 años que convivieran con el fallecido los 2 años anteriores. Hay que mantener la vivienda 10 años.
Seguros de vida100 % de lo cobrado con un límite de 9.195,49 € para cónyuge, hijos y descendientes y padres.
Discapacidad del heredero125.000 € desde el 33 %; 225.000 € desde el 65 %.
Empresa familiar99 %. 95 % estatal (art. 20.2.c LISD) + reducción propia complementaria del 4 % (art. 14 Ley 8/2013) si la empresa, negocio o entidad tiene domicilio fiscal y se ubica en Castilla-La Mancha y se mantiene 5 años.
Ajuar domésticoSe presume un 3 % del caudal, salvo prueba en contrario. Regla estatal (art. 15 LISD).

Heredar una vivienda en Castilla-La Mancha

95 % del valor, con un límite de 122.606,47 € por heredero. Beneficiarios: cónyuge, hijos y demás descendientes, padres y ascendientes, y hermanos o sobrinos mayores de 65 años que convivieran con el fallecido los 2 años anteriores. Hay que mantener la vivienda 10 años.

Castilla-La Mancha no regula reducción propia: se aplica la estatal (art. 20.2.c LISD): 95 % con límite de 122.606,47 € por sujeto pasivo, para cónyuge, ascendientes, descendientes o colateral mayor de 65 años que conviviera con el causante los 2 años anteriores; mantenimiento 10 años.

CasoReducción por viviendaImpuesto de sucesiones
Hijo de 45 años hereda la mitad de la vivienda habitual de sus padres (valor total 250.000 €)118.750 €0 €
El mismo hijo, pero la casa no era la vivienda habitual del fallecido0 €0 €
Cónyuge de 75 años hereda la mitad de la vivienda habitual (la otra mitad ya era suya)118.750 €0 €
Hermano de 70 años que convivía con el fallecido hereda la vivienda entera122.606 €26.907 €
Sobrino de 40 años hereda la vivienda entera (no convivía)0 €67.643 €
Se incluye el ajuar doméstico cuando la norma lo presume. Sin otros bienes, deudas ni patrimonio previo relevante.

Si vendes la vivienda antes de 10 años y aplicaste la reducción en Castilla-La Mancha, tendrás que pagar la parte del impuesto que te ahorraste, con intereses de demora.

Además del impuesto de sucesiones, al heredar una casa se pagan la plusvalía municipal y la notaría y el registro: cómo se calculan y calculadora con plusvalía.

Heredar dinero de los padres en Castilla-La Mancha

Heredar 100.000 € de tu padre o tu madre en Castilla-La Mancha cuesta 0 € si tienes 45 años; con 400.000 €, 15.379,56 €. El impuesto supera los 100 € a partir de unos 200.000 € heredados.

Dinero heredadoHijo (45 años)Hijo (16 años)Tipo efectivo (hijo 45)
30.000 €0 €0 €0 %
60.000 €0 €0 €0 %
100.000 €0 €0 €0 %
200.000 €1.413 €0 €0,71 %
400.000 €15.380 €14.362 €3,84 %
800.000 €39.054 €37.867 €4,88 %
1.500.000 €86.539 €85.183 €5,77 %
Solo dinero, cuentas o fondos (sin ajuar), sin discapacidad ni patrimonio previo superior a 400.000 €. Con varios hijos, busca la cantidad que recibe cada uno. Mismo importe en: nieto (30 años).

Cuentas, fondos, cuentas con varios titulares y pasos para cobrar: cómo se declara el dinero heredado.

Cónyuge viudo y pareja de hecho en Castilla-La Mancha

HeredaCónyugePareja de hecho inscrita
100.000 €0 €0 €
300.000 €7.710 €7.710 €
600.000 €27.154 €27.154 €
1.200.000 €66.139 €66.139 €
Heredero de 72 años, herencia en dinero, sin vivienda habitual ni patrimonio previo superior a 400.000 €.

Pareja de hecho: Sí. Castilla-La Mancha equipara la pareja de hecho al cónyuge. Art. 18 Ley 8/2013: convivencia estable de pareja durante al menos los 2 años anteriores al devengo y unión inscrita en el Registro de Parejas de Hecho de Castilla-La Mancha o registros análogos de otras administraciones, Estados de la UE o terceros países; ambas circunstancias deben constar en el documento público que recoja el acto sujeto al impuesto.

Usufructo: con una herencia de 600.000 € y un viudo de 72 años con el usufructo de un tercio, el usufructo vale 200.000 € × 17 % = 34.000 €, y el viudo paga 0 € en Castilla-La Mancha. Cómo se valora el usufructo y qué pasa con los gananciales.

Hermanos, sobrinos y tíos en Castilla-La Mancha

HeredaHermanoSobrino o tíoCuñadoPrimoSin parentesco
20.000 €1.513 €1.513 €1.513 €3.332 €3.332 €
50.000 €6.321 €6.321 €6.321 €9.898 €9.898 €
100.000 €17.668 €17.668 €17.668 €24.831 €24.831 €
200.000 €47.554 €47.554 €47.554 €63.282 €63.282 €
400.000 €125.354 €125.354 €125.354 €162.038 €162.038 €
Herencia en dinero, sin vivienda habitual, discapacidad ni patrimonio previo superior a 400.000 €.

Un hermano, sobrino o tío mayor de 65 años que conviviera con el fallecido los 2 años anteriores puede aplicar la reducción por vivienda habitual. Los cuñados están en el grupo III, como hermanos y sobrinos. Por qué un sobrino paga mucho más que un hijo y quién hereda sin testamento.

Seguro de vida en Castilla-La Mancha

Reducción: 100 % de lo cobrado con un límite de 9.195,49 € para cónyuge, hijos y descendientes y padres.

Norma estatal (art. 20.2.b LISD): 100 % hasta 9.195,49 €.

CobraCónyuge o parejaHijo (21 años o más)HermanoPareja no equiparada o amigo
30.000 €0 €0 €2.944 €5.305 €
60.000 €0 €0 €8.266 €12.517 €
150.000 €0 €0 €31.394 €42.523 €
300.000 €4.905 €4.905 €84.855 €110.934 €
Solo el seguro, sin otros bienes heredados. Si además heredas, el seguro se suma a tu parte y el tipo puede ser mayor.

Se declara con el modelo 650, en el mismo plazo que la herencia. Cuándo tributa en sucesiones, en el IRPF o en donaciones, y cómo cobrarlo.

Plazo, modelo y dónde se presenta

Plazo6 meses desde el fallecimiento; prorrogable otros 6 meses si se solicita dentro de los 5 primeros (arts. 67-68 RD 1629/1991)
Modelo650
AdministraciónConsejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de Castilla-La Mancha (Portal Tributario)
Qué norma se aplicaResidencia habitual del causante en la comunidad durante la mayor parte de los 5 años anteriores al fallecimiento (art. 28.1.1.º.b Ley 22/2009)

Cómo presentar el impuesto de sucesiones en Castilla-La Mancha, paso a paso

  1. Pide los certificados de defunción, de últimas voluntades y de seguros de cobertura de fallecimiento (3,86 € cada uno, a partir de 15 días hábiles tras el fallecimiento).
  2. Consigue el testamento o, si no lo hay, la declaración de herederos ante notario.
  3. Valora lo que recibes a la fecha del fallecimiento: certificado de saldos del banco y, para los inmuebles, como mínimo, su valor de referencia del Catastro.
  4. Rellena el modelo 650 en la sede electrónica (Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de Castilla-La Mancha (Portal Tributario)), con certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico, o en sus oficinas. Cada heredero y cada beneficiario de un seguro presenta el suyo, aunque salga a pagar 0 €.
  5. Paga o presenta con resultado 0 en el plazo: 6 meses desde el fallecimiento. Guarda el justificante: lo piden el banco para entregar el dinero y el Registro para inscribir la casa.

Si presentas tarde por tu cuenta, el recargo es del 1 % más un 1 % por cada mes completo de retraso, y del 15 % más intereses de demora pasados 12 meses (art. 27 de la Ley General Tributaria). Si te lo reclama Hacienda antes, además puede haber sanción. Si no puedes pagar a tiempo, puedes pedir aplazamiento o fraccionamiento.

Novedades 2026

Sin cambios en sucesiones mortis causa para 2025 ni 2026: la Ley 1/2026 de medidas (en vigor 31-3-2026) no modifica los arts. 14-18 de la Ley 8/2013; solo introduce la obligación notarial de remitir copia electrónica de escrituras con hechos imponibles del ISD.

Normativa y fuentes oficiales

Cifras revisadas el 29 de septiembre de 2026 en estas fuentes:

Preguntas frecuentes

¿Cuánto paga un hijo que hereda 200.000 € en Castilla-La Mancha?
Un hijo de 45 años sin patrimonio previo relevante que hereda 200.000 € en dinero paga 1.412,50 € en Castilla-La Mancha en 2026. Su base liquidable queda en 184.043,13 € tras reducciones de 15.956,87 € y la bonificación es del 95 %.
¿Pagan impuesto de sucesiones los hermanos en Castilla-La Mancha?
Sí. Un hermano que hereda 100.000 € paga 17.667,79 € (17,67 % de lo heredado). Reducción: 7.993,46 €. Bonificación: No hay.
¿La pareja de hecho paga como el cónyuge en Castilla-La Mancha?
Sí. Castilla-La Mancha equipara la pareja de hecho al cónyuge. Art. 18 Ley 8/2013: convivencia estable de pareja durante al menos los 2 años anteriores al devengo y unión inscrita en el Registro de Parejas de Hecho de Castilla-La Mancha o registros análogos de otras administraciones, Estados de la UE o terceros países; ambas circunstancias deben constar en el documento público que recoja el acto sujeto al impuesto.
¿Cuál es el plazo para presentar el impuesto de sucesiones en Castilla-La Mancha?
6 meses desde el fallecimiento; prorrogable otros 6 meses si se solicita dentro de los 5 primeros (arts. 67-68 RD 1629/1991). Si presentas tarde se aplican recargos del artículo 27 de la Ley General Tributaria y, en algunas comunidades, se pierden las bonificaciones.
¿Qué modelo se usa y dónde se presenta en Castilla-La Mancha?
El modelo 650, ante Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de Castilla-La Mancha (Portal Tributario). Cada heredero presenta el suyo; tienes los pasos y los documentos en Cómo presentarlo paso a paso.
¿Cuántos años hay que mantener la vivienda heredada en Castilla-La Mancha?
10 años desde el fallecimiento para conservar la reducción por vivienda habitual, salvo que fallezca el heredero en ese plazo. Un hijo que hereda la mitad de una vivienda habitual de 250.000 € paga 0 €.
¿Cuánto se paga por heredar 100.000 € de los padres en Castilla-La Mancha?
Un hijo de 45 años paga 0 € por heredar 100.000 € en dinero en Castilla-La Mancha. Con 400.000 € pagaría 15.379,56 €.
¿Tributa el seguro de vida en el impuesto de sucesiones en Castilla-La Mancha?
Sí, si el fallecido era quien contrató el seguro. El beneficiario tributa aunque no sea heredero. Un cónyuge que cobra 60.000 € paga 0 € en Castilla-La Mancha. Se declara con el modelo 650, en el mismo plazo que la herencia.

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