Herencia de hermanos, sobrinos y tíos

Actualizado el 29 de septiembre de 2026Normativa de 2026

Hermanos, sobrinos, tíos y cuñados forman el grupo III: es donde más cambia el impuesto de una comunidad a otra. Canarias casi no les cobra; en otras pagan varios miles de euros por herencias modestas.

Calculadora del impuesto de sucesiones 2026
La de su residencia habitual los últimos 5 años.
 
Tu parte, a la fecha del fallecimiento.
Pisos que no eran su vivienda habitual, terrenos, coches…
Valor de referencia del Catastro o, si es mayor, el declarado.
Sirve para porcentajes y límites que dependen del valor.
Más datos (deudas, discapacidad, patrimonio…)
Solo si el fallecido era quien lo contrató (tomador).
Deudas del fallecido, entierro y funeral.
Solo cuenta si supera unos 400.000 €.
 
Calcula con la normativa vigente en 2026 (válido desde enero de 2025).

Calculando…

Elige tu comunidad

El impuesto depende de dónde residía el fallecido. Cada ficha de comunidad tiene su calculadora, tablas, ejemplos y la normativa 2026.

Hermano que hereda 100.000 €

Hermano de 60 años que hereda 100.000 € en dinero. La más barata es Canarias (17,33 €) y la más cara, Murcia (17.667,79 €).

Suponiendo que se cumplen los requisitos del beneficio (edad, renta, escritura y destino). Comprueba tu caso en la calculadora.

Sobrino que hereda 100.000 €

Suponiendo que se cumplen los requisitos del beneficio (edad, renta, escritura y destino). Comprueba tu caso en la calculadora.

Bonificaciones para hermanos y sobrinos

ComunidadHermanoSobrino o tío
ÁlavaNo hayNo hay
AndalucíaNo hayNo hay
AragónNo hayNo hay
AsturiasNo hayNo hay
Baleares60 % (35 % si concurren descendientes del fallecido)60 % (35 % si concurren descendientes del fallecido)
BizkaiaNo hayNo hay
Canarias99,9 %99,9 %
Cantabria50 %No hay
Castilla y LeónNo hayNo hay
Castilla-La ManchaNo hayNo hay
CataluñaNo hayNo hay
Ceuta50 %50 %
Comunitat Valenciana25 % desde el 01/06/2026; 50 % desde el 01/06/202725 % desde el 01/06/2026; 50 % desde el 01/06/2027
ExtremaduraNo hayNo hay
GaliciaNo hayNo hay
GipuzkoaNo hayNo hay
La RiojaNo hayNo hay
Madrid50 %50 %
Melilla50 %50 %
MurciaNo hayNo hay
NavarraNo hayNo hay

Por qué un sobrino paga mucho más que un hijo

En territorio común, al grupo III se le aplica la misma tarifa que a los hijos, pero la cuota se multiplica por un coeficiente de al menos 1,5882 (frente a 1 de los hijos), la reducción es mucho menor y las bonificaciones autonómicas suelen limitarse a hijos, cónyuge y padres. En los territorios forales hay tarifas específicas más altas para colaterales.

¿Heredan los hermanos si no hay testamento?

Sí, pero solo si el fallecido no deja descendientes, ascendientes ni cónyuge (arts. 943 a 955 del Código Civil). Los hermanos heredan a partes iguales y los hijos de un hermano fallecido (sobrinos) ocupan su lugar. En los territorios con Derecho civil propio el orden puede variar.

Preguntas frecuentes

¿Pagan mucho los sobrinos por heredar?
Depende de la comunidad. En territorio común están en el grupo III, con una reducción pequeña y coeficientes desde 1,5882. Solo algunas comunidades (Canarias, Madrid, Baleares, Ceuta y Melilla y, desde junio de 2026, la Comunitat Valenciana) les aplican bonificaciones.
¿Qué parientes son del grupo III?
Hermanos, sobrinos y tíos (colaterales de 2.º y 3.er grado), y los parientes por afinidad: cuñados, suegros, yernos, nueras e hijastros.