Herencia de hermanos, sobrinos y tíos en Cantabria

Actualizado el 21 de octubre de 2026Normativa de 2026

Un sobrino que hereda 100.000 € de su tío en Cantabria paga 17.666 € de impuesto de sucesiones; un hermano, 6.686 €. Un hijo pagaría 0 € por la misma herencia: hermanos, sobrinos y tíos tienen muchas menos ventajas que los hijos.

Lo esencial en Cantabria
Calculadora del impuesto de sucesiones 2026
La de su residencia habitual los últimos 5 años.
 
Tu parte, a la fecha del fallecimiento.
Pisos que no eran su vivienda habitual, terrenos, coches…
Valor de referencia del Catastro o, si es mayor, el declarado.
Sirve para porcentajes y límites que dependen del valor.
Más datos (deudas, discapacidad, patrimonio…)
Solo si el fallecido era quien lo contrató (tomador).
Deudas del fallecido, entierro y funeral.
Solo cuenta si supera unos 400.000 €.
 
Calcula con la normativa vigente en 2026 (válido desde enero de 2025).

Calculando…

Cuánto paga cada familiar en Cantabria

En Cantabria los hermanos tienen una reducción de 25.000 € y una bonificación del 50 %. Sobrinos, tíos y cuñados solo tienen 8.000 € de reducción y ninguna bonificación: por eso un sobrino paga casi el triple que un hermano.
HeredaHermanoSobrino o tío, cuñadoPrimo
20.000 €0 €1.512 €3.332 €
50.000 €1.701 €6.320 €9.898 €
100.000 €6.686 €17.666 €24.831 €
200.000 €20.907 €47.552 €63.282 €
400.000 €59.233 €125.352 €162.038 €
Herencia en dinero, quien hereda de 55 años, sin patrimonio previo relevante ni discapacidad. Normativa vigente en Cantabria en 2026.

El cálculo, paso a paso: sobrino que hereda 100.000 €

  1. Base imponible: lo que recibes, 100.000,00 €.
  2. Reducción por parentesco: se restan 8.000,00 €.
  3. Base liquidable: 92.000,00 €. Sobre ella se aplica la tarifa general del impuesto: cuota íntegra de 11.123,36 €.
  4. Coeficiente por parentesco y patrimonio: × 1,5882 = 17.666,11 €.
  5. A pagar: 17.666,11 €, un 17,67 % de lo heredado.

Con testamento o sin él: el impuesto es el mismo

Hacienda no mira si hay testamento, sino qué parentesco tienes con el fallecido y cuánto recibes. Un sobrino que hereda 100.000 € paga lo mismo por testamento que sin él.

Lo que sí cambia sin testamento es quién hereda. En Cantabria se aplica el Código Civil: si no hay hijos ni nietos, padres ni cónyuge, heredan los hermanos y los hijos de los hermanos fallecidos (sobrinos). Solo si no hay ninguno heredan los demás parientes hasta el cuarto grado: tíos y primos (arts. 946 a 955 del Código Civil).

Más detalle en quién hereda sin testamento y por qué un sobrino paga más que un hijo.

Si heredas la vivienda donde vivías con el fallecido

Un hermano, sobrino o tío mayor de 65 años que conviviera con el fallecido los 2 años anteriores puede reducir hasta el 95 % del valor de la vivienda habitual, con un límite de 125.000 € por heredero, siempre que la heredes y la mantengas 5 años.

Ejemplo: un hermano de 70 años que hereda la vivienda de 200.000 € en la que vivía con él paga 0 €; sin esa convivencia pagaría 21.920 €. Los importes incluyen el ajuar doméstico.

Si ya tienes patrimonio

En Cantabria la cuota del grupo III se multiplica por un coeficiente que sube con tu patrimonio anterior a la herencia:

Patrimonio previo del sobrinoImpuesto por 100.000 €
Hasta unos 400.000 €17.666 €
Unos 500.000 €18.549 €
Unos 2,5 millones19.434 €

Otras ventajas que puedes tener en Cantabria

Qué dice la norma en Cantabria y qué ha cambiado

Art. 8 TR: bonificación autonómica del 100 % de la cuota en adquisiciones mortis causa de los grupos I y II (desde 2019, sin límite). Desde el 1-1-2024 (Ley 3/2023), bonificación del 50 % para colaterales de segundo grado por consanguinidad (hermanos). Sobrinos, tíos y afines: sin bonificación.

Novedades: 2026: la Ley de Cantabria 5/2026, de 28 de abril, excluye del cómputo de los 2 años de convivencia exigidos a colaterales mayores de 65 años para la reducción por vivienda habitual el tiempo que el causante residió en un centro de atención a personas mayores inmediatamente antes de fallecer. 2024: bonificación del 50 % para hermanos (Ley 3/2023).

Plazo y cómo se presenta en Cantabria

Cada heredero presenta el modelo 650 en 6 meses desde el fallecimiento, y se puede pedir una prórroga de otros 6 meses dentro de los 5 primeros (con intereses). El impuesto se paga en la comunidad donde vivía el fallecido, no donde vives tú. Los pasos, la sede electrónica y los recargos por retraso están en cómo presentar el impuesto de sucesiones en Cantabria.

Preguntas frecuentes

¿Paga lo mismo un sobrino que un hermano en Cantabria?
No. Por 100.000 € un hermano paga 6.686 € y un sobrino o tío, 17.666 €. El hermano tiene una reducción o bonificación propia.
¿Cuánto paga un sobrino por heredar 50.000 € en Cantabria?
6.320 €, si es dinero, no tiene patrimonio previo relevante ni discapacidad. Con 20.000 € serían 1.512 €.
¿Y un cuñado?
Por 100.000 € un cuñado paga 17.666 €, lo mismo que un sobrino. Los cuñados están en el grupo III, como hermanos y sobrinos.
¿Cambia algo si hay testamento?
No para el impuesto. Se paga según el parentesco con el fallecido y lo que recibes, haya testamento o no. El testamento solo decide quién hereda y cuánto.
¿Por qué un sobrino paga tanto más que un hijo?
Porque hijos, nietos, padres y cónyuge (grupos I y II) tienen reducciones y bonificaciones mucho mayores. En Cantabria, un hijo que hereda 100.000 € paga 0 €; un sobrino, 17.666 €.

Normativa y fuentes oficiales

Revisado el 29 de septiembre de 2026 con la normativa vigente.

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Esta página es informativa y no sustituye el asesoramiento de un profesional. Los importes son estimaciones calculadas con la normativa publicada; la cuota definitiva la fija la Administración.