Herencia de hermanos, sobrinos y tíos en Navarra
Un sobrino que hereda 100.000 € de su tío en Navarra paga 17.000 € de impuesto de sucesiones; un hermano, 15.000 €. Un hijo pagaría 0 € por la misma herencia: hermanos, sobrinos y tíos tienen muchas menos ventajas que los hijos.
- Reducción por parentesco: No hay: Navarra aplica una tarifa propia para cada grado de parentesco
- Bonificación: No hay
- Patrimonio previo: No cambia el impuesto
- Plazo: 6 meses desde el fallecimiento del causante
- Modelo: 651
Calculando…
Cuánto paga cada familiar en Navarra
| Hereda | Hermano | Sobrino o tío | Primo |
|---|---|---|---|
| 20.000 € | 2.000 € | 2.200 € | 2.600 € |
| 50.000 € | 5.500 € | 6.500 € | 7.500 € |
| 100.000 € | 15.000 € | 17.000 € | 20.000 € |
| 200.000 € | 40.000 € | 46.000 € | 52.000 € |
| 400.000 € | 92.000 € | 104.000 € | 124.000 € |
El cálculo, paso a paso: sobrino que hereda 100.000 €
- Base imponible: lo que recibes, 100.000,00 €.
- Base liquidable: 100.000,00 €. Sobre ella se aplica la tarifa específica de Navarra: cuota íntegra de 17.000,00 €.
- A pagar: 17.000,00 €, un 17 % de lo heredado.
Con testamento o sin él: el impuesto es el mismo
Hacienda no mira si hay testamento, sino qué parentesco tienes con el fallecido y cuánto recibes. Un sobrino que hereda 100.000 € paga lo mismo por testamento que sin él.
Lo que sí cambia sin testamento es quién hereda, y eso lo decide el derecho civil. Navarra tiene derecho civil propio (el Fuero Nuevo de Navarra), así que el orden de herederos puede no ser el del Código Civil. Si el fallecido tenía vecindad civil de aquí, consulta ese orden con un notario.
Más detalle en quién hereda sin testamento y por qué un sobrino paga más que un hijo.
Si heredas la vivienda donde vivías con el fallecido
Navarra no aplica a hermanos y sobrinos la reducción por vivienda habitual que existe en el resto de España. Un hermano que hereda una vivienda de 200.000 € paga 40.000 €, viviera o no con el fallecido.
Si ya tienes patrimonio
En Navarra tu patrimonio anterior no cambia lo que paga un sobrino o un hermano: 17.000 € por 100.000 €, tengas lo que tengas.
Otras ventajas que puedes tener en Navarra
- Si tienes una discapacidad reconocida: reducción de 60.000 € desde el 33 %; 180.000 € desde el 65 %. Vale para cualquier heredero, también sobrinos y hermanos.
- Si cobras un seguro de vida del fallecido: la reducción es solo para No hay reducción específica: el seguro se suma a la herencia y tributa con la tarifa de tu parentesco. Un hermano o un sobrino tributa por todo lo que cobra.
- Si heredas una empresa o negocio familiar: reducción del 100 %. Art. 11.c): EXENCIÓN (no reducción) de la empresa individual, negocio profesional o participaciones en entidades que cumplan requisitos, adquiridas por cónyuge/pareja estable, descendientes, ascendientes o colaterales hasta 3.er grado; mantenimiento 5 años.
Qué dice la norma en Navarra y qué ha cambiado
Navarra no aplica bonificaciones en cuota en sucesiones: el trato favorable a cónyuge y línea recta está en la propia tarifa (0 % hasta 250.000 €).
Novedades: Sin cambios en tarifas ni reducciones para 2026. La Ley Foral 17/2025 (BON 31-12-2025) solo retoca el ISD en aspectos técnicos: deroga el art. 3.4, redacta de nuevo el art. 9.a (no sujeción de prestaciones de planes de pensiones y seguros tributadas en IRPF), cambia la valoración de pensiones (art. 23.4) y normas de gestión y aplazamiento (arts. 55, 59 y 61).
Plazo y cómo se presenta en Navarra
Cada heredero presenta el modelo 651 en 6 meses desde el fallecimiento del causante. El impuesto se paga en la comunidad donde vivía el fallecido, no donde vives tú. Los pasos, la sede electrónica y los recargos por retraso están en cómo presentar el impuesto de sucesiones en Navarra.
Preguntas frecuentes
¿Paga lo mismo un sobrino que un hermano en Navarra?
¿Cuánto paga un sobrino por heredar 50.000 € en Navarra?
¿Cambia algo si hay testamento?
¿Por qué un sobrino paga tanto más que un hijo?
Normativa y fuentes oficiales
Revisado el 29 de septiembre de 2026 con la normativa vigente.
- Decreto Foral Legislativo 250/2002, de 16 de diciembre, Texto Refundido de las disposiciones del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (arts. 11, 32, 32 bis, 33 y 34) - texto consolidado BOE, últ. modif. 31-12-2025
- Texto consolidado en LexNavarra
- Ley Foral 17/2025, de 22 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias (art. 4: ISD, sin cambios en tarifas)
- BOE - texto consolidado DFL 250/2002 (PDF consolidado)
- IGL Asesores - Guía ISD Navarra
- SP-es - Impuesto de Sucesiones de Navarra
- navarra.es - trámite 'Impuesto sobre Sucesiones: autoliquidación (modelo 651)'
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