Herencia de hermanos, sobrinos y tíos en Gipuzkoa
Un sobrino que hereda 100.000 € de su tío en Gipuzkoa paga 8.890 € de impuesto de sucesiones; un hermano, lo mismo. Un hijo pagaría 0 € por la misma herencia: hermanos, sobrinos y tíos tienen muchas menos ventajas que los hijos.
- Reducción por parentesco: Hermanos, sobrinos y tíos 16.150 €; cuñados 8.075 €
- Bonificación: No hay para hermanos, sobrinos ni cuñados
- Patrimonio previo: No cambia el impuesto
- Plazo: 6 meses desde el fallecimiento del causante
- Modelo: 670 (seguros de vida: modelo 672)
Calculando…
Cuánto paga cada familiar en Gipuzkoa
| Hereda | Hermano, sobrino o tío | Cuñado, primo |
|---|---|---|
| 20.000 € | 219 € | 1.020 € |
| 50.000 € | 2.725 € | 4.767 € |
| 100.000 € | 8.890 € | 13.506 € |
| 200.000 € | 25.227 € | 35.302 € |
| 400.000 € | 63.987 € | 85.462 € |
El cálculo, paso a paso: sobrino que hereda 100.000 €
- Base imponible: lo que recibes, 100.000,00 €.
- Reducción por parentesco: se restan 16.150,00 €.
- Base liquidable: 83.850,00 €. Sobre ella se aplica la tarifa específica de Gipuzkoa: cuota íntegra de 8.889,98 €.
- A pagar: 8.889,98 €, un 8,89 % de lo heredado.
Con testamento o sin él: el impuesto es el mismo
Hacienda no mira si hay testamento, sino qué parentesco tienes con el fallecido y cuánto recibes. Un sobrino que hereda 100.000 € paga lo mismo por testamento que sin él.
Lo que sí cambia sin testamento es quién hereda, y eso lo decide el derecho civil. Gipuzkoa tiene derecho civil propio (la Ley 5/2015 de Derecho Civil Vasco), así que el orden de herederos puede no ser el del Código Civil. Si el fallecido tenía vecindad civil de aquí, consulta ese orden con un notario.
Más detalle en quién hereda sin testamento y por qué un sobrino paga más que un hijo.
Si heredas la vivienda donde vivías con el fallecido
En Gipuzkoa cualquier heredero que haya convivido con el fallecido los 2 años anteriores (empadronamiento y certificado de convivencia) puede reducir el 95 % del valor de su vivienda habitual, con un límite de 220.000 €. No hace falta tener 65 años.
Ejemplo: un hermano que hereda la vivienda de 200.000 € en la que vivía con él paga 0 €; si no convivía, 25.227 €.
Si ya tienes patrimonio
En Gipuzkoa tu patrimonio anterior no cambia lo que paga un sobrino o un hermano: 8.890 € por 100.000 €, tengas lo que tengas.
Otras ventajas que puedes tener en Gipuzkoa
- Si tienes una discapacidad reconocida: reducción de 80.000 € con cualquier grado reconocido. Vale para cualquier heredero, también sobrinos y hermanos.
- Si cobras un seguro de vida del fallecido: 100 % de lo cobrado con un límite de 400.000 € para cónyuge, hijos y descendientes y padres. Hermanos, sobrinos y afines: 16.150 € más el 25 % del resto. Resto: 8.075 €.
- Si heredas una empresa o negocio familiar: reducción del 95 %. Art. 44.3: reducción del 95 % de empresa individual, negocio profesional o participaciones, manteniéndola 5 años.
Qué dice la norma en Gipuzkoa y qué ha cambiado
Sin bonificaciones en cuota ni coeficientes multiplicadores.
Novedades: No se han encontrado cambios en herencias para 2026. Las tarifas publicadas hoy por Hacienda de Gipuzkoa son las mismas que las del art. 47 de la NF 2/2022. La reforma de la NF 1/2025 tocó aspectos de empresa familiar (patrimonialidad sobrevenida), no las tarifas ni las reducciones por parentesco.
Plazo y cómo se presenta en Gipuzkoa
Cada heredero presenta el modelo 670 (seguros de vida: modelo 672) en 6 meses desde el fallecimiento del causante. El impuesto se paga en la comunidad donde vivía el fallecido, no donde vives tú. Los pasos, la sede electrónica y los recargos por retraso están en cómo presentar el impuesto de sucesiones en Gipuzkoa.
Preguntas frecuentes
¿Paga lo mismo un sobrino que un hermano en Gipuzkoa?
¿Cuánto paga un sobrino por heredar 50.000 € en Gipuzkoa?
¿Y un cuñado?
¿Cambia algo si hay testamento?
¿Por qué un sobrino paga tanto más que un hijo?
Normativa y fuentes oficiales
Revisado el 29 de septiembre de 2026 con la normativa vigente.
- Norma Foral 2/2022, de 10 de marzo, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones de Gipuzkoa (arts. 44, 45 y 47), en vigor desde el 17-04-2022
- Texto vigente NF 2/2022 (gipuzkoa.eus)
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