ITP en Asturias (2026): calculadora y tipos reducidos
En Asturias la compra de una vivienda usada paga un 8 % de ITP si vale hasta 300.000 €, un 9 % hasta 500.000 € y un 10 % si vale más, aplicado sobre todo el precio. Los jóvenes de hasta 35 años, las familias numerosas y monoparentales, las víctimas de violencia de género y quien compra en zonas rurales en riesgo de despoblamiento pagan un 4 % (vivienda de hasta 150.000 €) o un 6 % (si vale más); las viviendas protegidas de segunda mano, un 3 %. En vivienda nueva se paga un 10 % de IVA y un 1,2 % de AJD.
Calculando…
Tipo general del ITP en Asturias
8 % si la vivienda vale hasta 300.000 €; 9 % si la vivienda vale hasta 500.000 €; 10 % si vale más de 500.000 €. El tipo se aplica a todo el valor.
El tipo se fija según el valor íntegro de la vivienda y se aplica a todo el importe: 8 % hasta 300.000 €, 9 % entre 300.000,01 y 500.000 € y 10 % por encima de 500.000 €. Si el comprador es gran tenedor (más de 10 inmuebles residenciales o más de 1.500 m², o más de 5 en zonas tensionadas o más de 750 m²), el tipo es del 20 %, igual que para edificios enteros de uso turístico.
Tipos reducidos del ITP en Asturias
| Caso | Tipo | Requisitos |
|---|---|---|
| Vivienda de protección pública (segunda o ulterior transmisión) | 3 % | vivienda protegida, vivienda habitualVer todos los requisitosCompra de una vivienda calificada de protección pública por el Principado que conserve esa calificación y su precio máximo de venta. Debe ser la vivienda habitual del comprador y este no puede quedar como titular de más de una vivienda. Ocupación en 6 meses y residencia durante al menos 3 años. |
| Jóvenes de hasta 35 años (vivienda de hasta 150.000 €) | 4 % | 35 años o menos, vivienda de hasta 150.000 €, vivienda habitualVer todos los requisitosComprador de 35 años o menos que adquiere su vivienda habitual en cualquier lugar de Asturias. El tipo depende del valor total de la vivienda y se aplica a todo el importe: 4 % si vale hasta 150.000 € y 6 % si vale más. La vivienda debe habitarse de forma efectiva en un plazo de 6 meses y ser la residencia habitual durante al menos 3 años seguidos (salvo fallecimiento, traslado laboral u obras justificadas). Se incluyen un trastero y hasta dos plazas de garaje comprados junto con la vivienda. |
| Jóvenes de hasta 35 años (vivienda de más de 150.000 €) | 6 % | 35 años o menos, vivienda habitualVer todos los requisitosComprador de 35 años o menos que adquiere su vivienda habitual en cualquier lugar de Asturias. El tipo depende del valor total de la vivienda y se aplica a todo el importe: 4 % si vale hasta 150.000 € y 6 % si vale más. La vivienda debe habitarse de forma efectiva en un plazo de 6 meses y ser la residencia habitual durante al menos 3 años seguidos (salvo fallecimiento, traslado laboral u obras justificadas). Se incluyen un trastero y hasta dos plazas de garaje comprados junto con la vivienda. |
| Familia numerosa (vivienda de hasta 150.000 €) | 4 % | vivienda de hasta 150.000 €, familia numerosa, vivienda habitualVer todos los requisitosComprador miembro de familia numerosa que adquiere su vivienda habitual. El tipo depende del valor total de la vivienda y se aplica a todo el importe: 4 % si vale hasta 150.000 € y 6 % si vale más. La vivienda debe habitarse de forma efectiva en un plazo de 6 meses y ser la residencia habitual durante al menos 3 años seguidos (salvo fallecimiento, traslado laboral u obras justificadas). Se incluyen un trastero y hasta dos plazas de garaje comprados junto con la vivienda. |
| Familia numerosa (vivienda de más de 150.000 €) | 6 % | familia numerosa, vivienda habitualVer todos los requisitosComprador miembro de familia numerosa que adquiere su vivienda habitual. El tipo depende del valor total de la vivienda y se aplica a todo el importe: 4 % si vale hasta 150.000 € y 6 % si vale más. La vivienda debe habitarse de forma efectiva en un plazo de 6 meses y ser la residencia habitual durante al menos 3 años seguidos (salvo fallecimiento, traslado laboral u obras justificadas). Se incluyen un trastero y hasta dos plazas de garaje comprados junto con la vivienda. |
| Familia monoparental (vivienda de hasta 150.000 €) | 4 % | vivienda de hasta 150.000 €, familia monoparental, vivienda habitualVer todos los requisitosComprador que forma una familia monoparental y adquiere su vivienda habitual. El tipo depende del valor total de la vivienda y se aplica a todo el importe: 4 % si vale hasta 150.000 € y 6 % si vale más. La vivienda debe habitarse de forma efectiva en un plazo de 6 meses y ser la residencia habitual durante al menos 3 años seguidos (salvo fallecimiento, traslado laboral u obras justificadas). Se incluyen un trastero y hasta dos plazas de garaje comprados junto con la vivienda. |
| Familia monoparental (vivienda de más de 150.000 €) | 6 % | familia monoparental, vivienda habitualVer todos los requisitosComprador que forma una familia monoparental y adquiere su vivienda habitual. El tipo depende del valor total de la vivienda y se aplica a todo el importe: 4 % si vale hasta 150.000 € y 6 % si vale más. La vivienda debe habitarse de forma efectiva en un plazo de 6 meses y ser la residencia habitual durante al menos 3 años seguidos (salvo fallecimiento, traslado laboral u obras justificadas). Se incluyen un trastero y hasta dos plazas de garaje comprados junto con la vivienda. |
| Mujer víctima de violencia de género (vivienda de hasta 150.000 €) | 4 % | vivienda de hasta 150.000 €, víctima de violencia de género o terrorismo, vivienda habitualVer todos los requisitosCompradora víctima de violencia de género que adquiere su vivienda habitual. El tipo depende del valor total de la vivienda y se aplica a todo el importe: 4 % si vale hasta 150.000 € y 6 % si vale más. La vivienda debe habitarse de forma efectiva en un plazo de 6 meses y ser la residencia habitual durante al menos 3 años seguidos (salvo fallecimiento, traslado laboral u obras justificadas). Se incluyen un trastero y hasta dos plazas de garaje comprados junto con la vivienda. |
| Mujer víctima de violencia de género (vivienda de más de 150.000 €) | 6 % | víctima de violencia de género o terrorismo, vivienda habitualVer todos los requisitosCompradora víctima de violencia de género que adquiere su vivienda habitual. El tipo depende del valor total de la vivienda y se aplica a todo el importe: 4 % si vale hasta 150.000 € y 6 % si vale más. La vivienda debe habitarse de forma efectiva en un plazo de 6 meses y ser la residencia habitual durante al menos 3 años seguidos (salvo fallecimiento, traslado laboral u obras justificadas). Se incluyen un trastero y hasta dos plazas de garaje comprados junto con la vivienda. |
| Vivienda en zona rural en riesgo de despoblamiento (vivienda de hasta 150.000 €) | 4 % | vivienda de hasta 150.000 €, municipio rural o en riesgo de despoblación, vivienda habitualVer todos los requisitosViviendas situadas en las zonas rurales de concejos en riesgo de despoblamiento o en crisis demográfica según la zonificación demográfica del Principado (Decreto 83/2025), destinadas a vivienda habitual del comprador. El tipo depende del valor total de la vivienda y se aplica a todo el importe: 4 % si vale hasta 150.000 € y 6 % si vale más. La vivienda debe habitarse de forma efectiva en un plazo de 6 meses y ser la residencia habitual durante al menos 3 años seguidos (salvo fallecimiento, traslado laboral u obras justificadas). Se incluyen un trastero y hasta dos plazas de garaje comprados junto con la vivienda. |
| Vivienda en zona rural en riesgo de despoblamiento (vivienda de más de 150.000 €) | 6 % | municipio rural o en riesgo de despoblación, vivienda habitualVer todos los requisitosViviendas situadas en las zonas rurales de concejos en riesgo de despoblamiento o en crisis demográfica según la zonificación demográfica del Principado (Decreto 83/2025), destinadas a vivienda habitual del comprador. El tipo depende del valor total de la vivienda y se aplica a todo el importe: 4 % si vale hasta 150.000 € y 6 % si vale más. La vivienda debe habitarse de forma efectiva en un plazo de 6 meses y ser la residencia habitual durante al menos 3 años seguidos (salvo fallecimiento, traslado laboral u obras justificadas). Se incluyen un trastero y hasta dos plazas de garaje comprados junto con la vivienda. |
Cuánto se paga de ITP en Asturias: ejemplos
| Comprador | 100.000 € | 200.000 € | 300.000 € | 500.000 € |
|---|---|---|---|---|
| General (45 años), discapacidad del 65 % | 8.000 € | 16.000 € | 24.000 € | 45.000 € |
| Joven de 30 años, familia numerosa, municipio rural | 4.000 € | 12.000 € | 18.000 € | 30.000 € |
ITP para jóvenes en Asturias
Tipos reducidos por edad: Jóvenes de hasta 35 años (vivienda de hasta 150.000 €) (4 %; 35 años o menos, vivienda de hasta 150.000 €, vivienda habitual); Jóvenes de hasta 35 años (vivienda de más de 150.000 €) (6 %; 35 años o menos, vivienda habitual). Con una vivienda de 180.000 €, un comprador de 30 años paga 10.800 € y uno de 45 años 14.400 €.
| Precio | 25 años | 38 años | 45 años |
|---|---|---|---|
| 120.000 € | 4.800 € | 9.600 € | 9.600 € |
| 180.000 € | 10.800 € | 14.400 € | 14.400 € |
| 250.000 € | 15.000 € | 20.000 € | 20.000 € |
ITP para jóvenes en todas las comunidades.
Vivienda nueva en Asturias: IVA y AJD
La vivienda nueva comprada al promotor no paga ITP: paga IVA del 10 % y AJD. La compra de vivienda nueva al promotor (primera entrega) tributa por IVA al 10 %. Las viviendas de protección oficial de régimen especial o de promoción pública tributan al 4 % (art. 91 Ley 37/1992 del IVA). Además se paga AJD sobre el valor escriturado.
| Precio sin impuestos | IVA | AJD | Total impuestos |
|---|---|---|---|
| 150.000 € | 15.000 € | 1.800 € | 16.800 € |
| 250.000 € | 25.000 € | 3.000 € | 28.000 € |
| 400.000 € | 40.000 € | 4.800 € | 44.800 € |
AJD en Asturias: Tipo general del 1,2 %. Tipo general de las escrituras de compra de vivienda nueva (art. 34).
Tipos reducidos de AJD
| Caso | Tipo | Requisitos |
|---|---|---|
| Vivienda de protección pública con ayudas públicas | 0,3 % | vivienda protegida, vivienda habitual Escrituras de compra de viviendas de protección pública por quienes reciben ayudas del Estado o del Principado para adquirir su vivienda habitual, cuando la operación no esté exenta. |
Gastos totales de comprar una vivienda en Asturias
Por una vivienda usada de 250.000 € en Asturias hay que sumar al precio unos 21.700 € entre ITP, notaría, registro, gestoría y tasación.
| Precio (usada) | ITP | Notaría, registro, gestoría y tasación | Total | % del precio |
|---|---|---|---|---|
| 150.000 € | 12.000 € | 1.130 € – 2.134 € | 13.130 € – 14.134 € | 9,1 % |
| 250.000 € | 20.000 € | 1.222 € – 2.231 € | 21.222 € – 22.231 € | 8,7 % |
| 400.000 € | 36.000 € | 1.360 € – 2.376 € | 37.360 € – 38.376 € | 9,5 % |
| Precio sin IVA (nueva) | IVA + AJD | Notaría, registro, gestoría y tasación | Total | % del precio |
|---|---|---|---|---|
| 150.000 € | 16.800 € | 1.130 € – 2.134 € | 17.930 € – 18.934 € | 12,3 % |
| 250.000 € | 28.000 € | 1.222 € – 2.231 € | 29.222 € – 30.231 € | 11,9 % |
| 400.000 € | 44.800 € | 1.360 € – 2.376 € | 46.160 € – 47.176 € | 11,7 % |
Quién paga cada gasto y cuánto ahorrar para comprar.
Plazo, modelo y dónde se presenta
| Plazo | 30 días hábiles desde la fecha de la escritura |
|---|---|
| Modelo | 600 |
| Administración | Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias (ATRIAN) |
| Base del impuesto | Mayor entre precio escriturado y valor de referencia del Catastro (art. 10 TRLITP) |
Cómo pagar el ITP en Asturias, paso a paso
- Calcula la base: el mayor entre el precio de la escritura y el valor de referencia del Catastro, que se consulta en la Sede Electrónica del Catastro con la referencia catastral.
- Rellena el modelo 600 en la sede electrónica (Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias (ATRIAN)), con certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico, y marca el tipo reducido o la bonificación que te corresponda. Si compras con hipoteca, la gestoría del banco suele hacerlo por ti; revisa que aplica tu tipo reducido.
- Adjunta copia de la escritura y los documentos del tipo reducido (título de familia numerosa, certificado de discapacidad, etc.).
- Paga en el plazo: 30 días hábiles desde la fecha de la escritura.
- Guarda el justificante: el Registro de la Propiedad lo pide para inscribir la vivienda a tu nombre.
Si presentas tarde por tu cuenta, el recargo es del 1 % más un 1 % por cada mes completo de retraso, y del 15 % más intereses de demora pasados 12 meses (art. 27 de la Ley General Tributaria). Si te lo reclama Hacienda antes, además puede haber sanción.
Novedades 2026
Desde el 3 de diciembre de 2025 los grandes tenedores pagan un 20 % de ITP al comprar viviendas (Ley 3/2025). Desde el 1 de enero de 2026 las zonas rurales con tipo reducido son las de los concejos en riesgo de despoblamiento o en crisis demográfica según la nueva zonificación demográfica del Principado, y desaparece el tipo reducido del 3 % para empresas que compraban viviendas para alquilarlas (Ley 5/2025, de Presupuestos para 2026).
Normativa y fuentes oficiales
Revisado el 1 de octubre de 2026.
- Decreto Legislativo 2/2014, de 22 de octubre, texto refundido de tributos cedidos del Principado de Asturias (arts. 26, 27, 31 bis, 32 bis, 34, 35) — texto consolidado BOE
- Ley del Principado de Asturias 3/2025, de 19 de noviembre (gran tenedor 20 %), BOPA 2-12-2025
- Ley del Principado de Asturias 5/2025, de 31 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2026
- Real Decreto Legislativo 1/1993, texto refundido de la Ley del ITPAJD (art. 10, base imponible y valor de referencia)
- Ley 37/1992, del IVA (art. 91, tipos reducidos 10 % y 4 %)
- Servicios Tributarios del Principado — Beneficios fiscales ITPAJD
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es el ITP en Asturias en 2026?
¿Hay ITP reducido para jóvenes en Asturias?
¿Sobre qué valor se paga el ITP?
¿Cuándo hay que pagar el ITP en Asturias?
¿Quién paga el ITP, el comprador o el vendedor?
¿Qué impuestos se pagan al comprar una vivienda nueva en Asturias?
¿Cuánto cuesta comprar una vivienda en Asturias además del precio?
Más impuestos en Asturias
Herencias en Asturias
Sucesiones, vivienda, dinero, cónyuge, hermanos y seguros
AsturiasDonaciones en Asturias
Donar dinero a un hijo, para su vivienda, o heredar